En la Villa de Alcudia de Carlet a los veintiocho días del mes de Marzo, del año mil ochocientos sesenta y cuatro: Reunidos los individuos que más adelante se expresarán dijeron: Que la devoción a Nuestra Señora de los Dolores movió el ánimo de algunos de los presentes a fomentar la celebración del Septenario en ésta Iglesia Parroquial, decaído por efecto de la última guerra civil,y procurar que la procesión del Entierro del Salvador, saliera la Imagen de Nuestra Señora del Pie de la Cruz con la iluminación, y acompañamiento más lucido posible: para conseguirlo, acudieron a la piedad nunca desmentida de sus convicciones, una limosna de capullo en la época de la recolección de la cosecha de la seda, les proporcionó recursos suficientes, no tan tan sola para subvenir a todos los gastos, si que para la renovación del nincho del altar de Nuestra Señora en dicha Iglesia, estucándole y dorándole con arreglo a su planta; para costear una cortina de seda, color morado, bordada de otro, para dicho nincho; compra de una lámpara de bronce para la capilla; y de un dosel para colocar la Santa Imagen en el Altar Mayor durante los días de Septenario.
El progreso de la devoción no podrá mejorarse, y las pocas personas que el año mil ochocientos cuarenta; le dieron impulso, se prometían resultados muy prósperos, no solo en solemnizar los actos indicados, sin que en procurar mejoras en la Imagen, Anda y Capilla. Pero Dios que se complace en probar la constancia de los fieles en todos los actos de su vida mortal, quiso hacerlo, en el pequeño grupo que formaban esta Asociación. Una calamidad general sobrevino en mil ochocientos cincuenta y cinco que arruinó por completo la cosecha de la seda, y por consecuencia faltaron los recursos que ésta les proporcionaba para la consecución de la obra. Entonces se les asociaron otras personas hasta el número total de quince, y contribuyendo cada uno en una limosna de veinte reales se continuó, sino con el esplendor principiado, al menos muy regularmente. En aumento la devoción, se les han acercado otro solicitando la entrada, a que las ha accedido con gusto, y este estado se ha hecho necesario establecer reglas fijas a que atenerse, y a cuya observancia se comprometen durante su vida y después de ella, si algunos de sus hijos quiere seguir la devoción de su Padre, las cuales discutidas y aprobadas son:
1ª.- Esta Asociación tiene por objeto obsequiar a María Santísima al Pie de la Cruz en la contemplación de sus siete principales Dolores cuyo Septenario se celebra anualmente en ésta Iglesia Parroquial; y acompaña con la iluminación posible, en la Procesión en Entierro del Salvador el Viernes Santo.
2ª.- Para el Septenario, se costeará toda la cera necesaria de cuenta de la Sociedad, los demás gastos se satisfarán de las limosnas particulares, y quedarán a cargo del Sr. Cura; y para la procesión, precisamente la iluminación más decente posible, y cuando se estime oportuno por la Sociedead Música de Motetes.
3ª.- Para subvenir a todos éstos gastos, cada socio contribuirá anualmente con veinte reales vellón que pagará en una sola vez, dos, tres, o cuatro como mejor le acomode durante el año, pero que resulten pagados en el Viernes Santo del año a que corresponda la limosna.
4ª.- Será Depositario, el Clavario que por turno le corresponda, e interventor el que le tenga de reemplazar según el turno riguroso establecido.
5ª.- El Clavario depositario, distribuirá el producto de la cuota señalada con intervención del decano, e interventor, y cuando por si haya nuevos gastos correrán de su cuenta.
6ª.- El Decano, tendrá el carácter del Presidente en las juntas que se celebren para el gobierno de la Sociedad.
7ª.-Se titulará Asociación de los Siervos de María, y su divisa en la procesión del Viernes Santo, será, túnica azul con señidor o síngulo blanco, y birrete de punta alta en la cabeza, cuyo traje costeará cada socio.
8ª.- Si resultaran sobrantes de fondos en fin de año se invertirán en adornos para el Altar Imagen, Capilla.
9ª.- Será de cuenta de la Sociedad, y en su representación del Clavario, el cuidado del Altar y Capilla y proveerle de dos velas en los días festivos que arderán durante las Misas solemnes.
10ª.- Queda convenido desde hoy, la renovación del anda y peana de la Virgen a costa de la Sociedad.
11ª.- No se hará ningún gasto nuevo sin que previamente se acuerde por la Sociedad.
12ª.- El decano será precisamente no la persona de más edad, sinó de antigüedad en la Sociedad siguiendo la escala siguiente:
Ingresan este año:
13ª.- Para colocar la Imagen en el anda y disponerla para la procesión de Entierro, la llevará el Clavario a su casa el Jueves Santo, y de ella saldrá para la procesión, pero al concluirse ésta, se conducirá a casa del Clavario entrante, éste la retornará el sábado por la mañana a la Iglesia y la colocará en el Altar.
14ª.- Para que conste el estado de turno, se consigna: que el Clavario actual es Don Miguel Llorca, y el entrante José Arnandis Capell y los anteriores a éstos por su orden y cuando concluya el último empezará el primero, y así sucesivamente.
15ª.- Cuando un individuo dejare de pagar la cuota se entenderá que se separa de la Sociedad.
16ª.- En el caso de que vuelva a producir la cosecha de la seda, y en su consecuencia a recogerse limosna de ella para acudir al pago del gasto de la cera, y demás del Septenario, la Sociedad se considerará relevada a esa voluntario obligación, y en su lugar costeará en el dia de Nuestra Señora de los Dolores, fiesta con Misa Solemne, sermón y vuelo de campanas la víspera, y día por las noches.
17ª.- Habrá durante el año, dos juntas generales, una el primer Domingo de Cuaresma para convenir lo que deba hacerse; y otra el día de San Vicente Ferrer para examinar la cuenta; el resto del año y en los casos que puedan ocurrir se resolverán por la Junta compuesta del Decano y Clavario entrante y saliente.
18ª.- El derecho de llevar el anda de Nuestra Señora al Pié de la Cruz en la procesión del Viernes Santo, y demás que en lo sucesivo se establezca en esta Villa, pertenecen a Patricio Boronat, Salvador Furió y Fuertes, Blas Miralles y Maria y José Luz Boix, y sus legítimos descendientes, y a falta de éstos se sorteará entre los socios en el que deba recaer este derecho, y así sucesivamente; pero para que un descendiente de los porteadores del anda pueda sucederle en él, es condición indispensable, haber de pertenecer a ésta Asociación, cuando se separen de ella por cualquier causa o motivo todo derecho para sí y los suyos.
19ª.- Las solicitudes de ingreso en la Asociación serán resueltas en Junta General sujetándose al dictamen de la mayoría para el acuerdo.
Y para que todo tiempo conste y sirva de reglamento, firmamos la presente en Alcúdia y día de arriba:
En el año 1866 fueron admitidos:
07 de març de 2015
15 d'abril de 2014
6 de març de 2014